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Se ordenó al Ejército Nacional la prestación del servicio de salud garantizando la continuidad de los tratamientos a Robinson Andrés Muñoz Rodríguez.
La Corte Constitucional concluyó en fallo de tutela que la entidad accionada vulneró el derecho fundamental al debido proceso del demandante al negarle el reconocimiento y pago de la pensión de invalidez con base en un dictamen proferido por la Junta Médica Militar
Robinson Andrés Muñoz Rodríguez, prestó sus servicios al Ejército Nacional como soldado profesional durante diez (10) años y fue retirado del servicio por disminución...