agosto 27, 2012

Ejército Nacional condenado a pagar pensión de sobreviviente y mesadas adicionales causadas a compañera permanente e hijos.

En primera y segunda instancia, se condenó a la demandada a través del Director de Prestaciones Sociales del Ejército Nacional a reconocer y pagar la pensión de sobreviviente y las mesadas adicionales causadas a Gloria Claros Muñoz y Dilan Junior y Ronald Alexander Castañeda Muñoz. 

Miguel Ángel Castañeda Patiño, padre de Dilan Junior y Ronal Alexander y compañero permanente de Gloria Claros Muñoz, estuvo vinculado al servicio del Ejercito Nacional como soldado profesional desde el 15 de noviembre de 1993 hasta el 8 de diciembre de 2001 fecha en que falleció a manos de un sicario en su casa de descanso cuando compartía con su compañera permanente e hijos.

Ocurrida la muerte de Miguel Ángel, Gloria Claros Muñoz en su representación y en la de sus menores hijos, presentó reclamación directa ante la señora Ministra de Defensa Nacional, para el reconocimiento y pago de la pensión de sobreviviente, la cual fue negada mediante acto administrativo contenido en el oficio 382544 CE-JEDEH-DIPSO-PET-177 del 6 de agosto de 2003, suscrito por el Director de Prestaciones Sociales del Ejército Nacional, en razón a que revisadas las bases de datos y diferentes aplicativos prestacionales no se encontró antecedente prestacional de Miguel Ángel Castañeda Patiño.


Mediante la acción de nulidad y restablecimiento del derecho que adelantó la oficina Conde Abogados, tanto el Juez Segundo Administrativo como el Tribunal Contencioso Administrativo del Caquetá, en sentencias de primera y segunda instancia, consideraron que le asistía el derecho a la señora Gloria Claros Muñoz y a Dilan Junior y Ronal Alexander Castañeda Muñoz, a la pensión de sobreviviente y de las mesadas causadas en la cuantía que resultare de conformidad con lo previsto en el artículo 48 inciso 2° de la ley 100 de 1993, a partir del 09 de diciembre de 2001, por lo tanto se ordenó a la demandada al pago del 50% de la pensión de sobreviviente para la señora Gloria Claros Muñoz, y el restante 50% para los menores hijos.


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