agosto 15, 2012

LE FUERON TUTELADOS LOS DERECHOS FUNDAMENTALES VULNERADOS A LEONARDO IRREÑO HENAO POR PARTE DEL EJÉRCITO NACIONAL

En decisión tomada por el Tribunal Superior del Distrito Judicial, el 31 de mayo de 2012, se concedió el amparo constitucional a los derechos fundamentales al trabajo y a la seguridad social del señor Leonardo Irreño Henao.


Leonardo Irreño Henao interpuso acción de tutela en contra el Ministerio de Defensa Nacional y el Ejército Nacional de Colombia, por considerar vulnerado sus derechos fundamentales al trabajo, a la seguridad social integral, a la salud, a la vida en condiciones dignas, el mínimo vital, a la igualdad y a la estabilidad reforzada por limitación física.

En la acción constitucional tramitada por Conde Abogados, se solicitó como mecanismo transitorio la tutela de los derechos fundamentales inicialmente mencionados, e igualmente, el reintegro al cargo como soldado profesional o a uno de igual o superior jerarquía; así mismo, se requirió la cancelación de todos lo dejado de percibir y el pago de indemnización del retiro en estado de incapacidad.

El accionante, Leonardo Irreño Henao, ingresó al servicio del Ejército Nacional en buen estado de salud como soldado profesional, y para el 30 de diciembre de 2008, encontrándose en misión en el casco urbano del municipio de San Vicente del Caguán - Caquetá, ocurrió una explosión de donde salió lesionado con un trauma cráneo encefálico leve. Una vez fue valorado por la Junta Médico Laboral, y según Orden Administrativa de Personal número 1299 del 15 de mayo de 2010, fue retirado del servicio debido a la pérdida de capacidad laboral y la sugerencia de no reubicación en otra actividad laboral; así mismo le fue retirada la asistencia médica.

Luego de surtirse el trámite legal en acción de tutela, el Tribunal Superior, en fallo de fecha 31 de mayo de 2012, determinó que al no tutelársele estos derechos solicitados por el accionante, se estaría frente a la continuación de la vulneración de los derechos constitucionales protegidos, ordenándose dentro de las 48 horas siguientes la reincorporación de Leonardo Irreño Henao a algunos de sus programas y en consecuencia la reubicación en una actividad que pueda desempeñar de acuerdo con sus habilidades, destrezas y formación académica.

Igualmente, el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Florencia, ordenó al Ejército Nacional a realizar un seguimiento a las enfermedades del accionante, Leonardo Irreño Henao, valorándose periódicamente su estado de salud y si los profesionales de la salud consideran que no es apto para continuar en sus labores debido al aumento de su incapacidad laboral, la accionada deberá recalificar y analizar si puede optar por la pensión de invalidez para Leonardo Irreño Henao.

Si desea conocer el documento del fallo puede encontrarlo aquí: http://es.scribd.com/doc/103086506

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