El día de hoy diferentes medios de comunicación se pronunciaron frente al fallo del Juzgado 37 Administrativo del Circuito Judicial de Bogotá donde ordenan al Gobierno Nacional al pago de 35 mil millones de pesos.
"Soldados e infantes ganan demanda al Gobierno por $ 35 mil millones ...Porque entraron antes del 2001 y en el 2003 le disminuyeron el sueldo en un 20 por ciento." -El Tiempo
"El juzgado 37 administrativo del circuito judicial de Bogotá emitió un fallo en el cual se le ordena al Gobierno Nacional pagarles a cerca de 2000 soldados cerca de 35 mil millones de pesos...Con este fallo, al menos 44 mil militares entre soldados e infantes de marina a nivel nacional resultarán beneficiados." -La Opinión.
"Estado deberá pagarles a 2.000 soldados más de 30 mil millones de pesos" - Caracol Noticias.
"Soldados profesionales e infantes de marina ganan demanda al gobierno colombiano por 35 mil millones de pesos...“La reclamación obedeció a la injusta disminución porcentual que se presenta en el pago del salario de los soldados e infantes de marina profesionales, que ingresaron antes del año 2001 como soldados voluntarios y que en el año 2003, el gobierno nacional en cabeza de Álvaro Uribe Vélez, siendo ministra de Defensa, Martha Lucía Ramírez de Rincón, les disminuyó en un 20% su salario normal,” señaló Mauricio Beltrán director de la FundaciónSentimiento Patrio, (Sedesol)." - Colmundo Radio
Mindefensa fue condenado a pagar 35 mil millones de pesos a soldados e infantes de marina. - El Colombiano.
Hemos encontrado una publicación de El Colombiano en la cual se hace un informe detallado a cerca del caso y hemos querido traerla a colación.
Una cifra cercana a los 35 mil millones de pesos deberá pagar el Ministerio de Defensa a cerca de 1.600 soldados e infantes de marina luego que el Juzgado 37 Administrativo del Circuito de Bogotá fallara en su contra una acción de grupo presentada por la Fundación Sentimiento Patrio.
El juzgado condenó al Ministerio por dejar de pagar desde noviembre de 2003 a los soldados profesionales que antes se denominaban voluntarios el sueldo tal y como lo fijó el decreto 1794 del año 2000, esto es, un salario mínimo incrementado en un 60 por ciento, pero sólo les incrementó un 40 por ciento.
Desde esa fecha, y en interpretación del Ministerio al crear el estatuto del soldado y establecer su régimen salarial y prestacional, los uniformados eran merecedores de mejoras que antes no tenían cuando eran voluntarios, el aumento se daba sobre un salario y un 40 por ciento más.
La norma en su momento les permitía a los soldados pasarse a la condición de profesionales o seguir como voluntarios.
El Juzgado encontró que la interpretación que hizo el Ministerio para dejar de pagar ese 20 por ciento y “liquidar únicamente un 40 por ciento sobre el salario mínimo legal desconoce los principios mínimos fundamentales de igualdad, irrenunciabilidad y favorabilidad”.
“No resulta aceptable desde el punto de vista de justicia y equidad, que la entidad demandada desmejore el salario de los soldados voluntarios que además estuvieron privados desde el año 1985 hasta el año 2000 del reconocimiento de prestaciones sociales otorgadas a los demás miembros de la fuerza pública”, señaló el fallo
Contrario a lo argumentado por el Ministerio, el juzgado encontró que no existen diferencias entre un soldado voluntario y el profesional, por lo que no podía basarse en el tránsito de un formato a otro para desmejorar salarialmente a los uniformados.
Por eso, los 1.600 soldados e infantes de Marina que antes del 2000 se denominaban voluntarios y que hoy, estando activos o retirados, se sumaron a la acción de grupo presentada por la Fundación, recibirán el dinero que dejaron de devengar desde noviembre de 2003 a la fecha.
Y aunque esa cifra se estima en total en 35 mil millones de pesos, el Ministerio podría terminar pagando mucho más ya que los soldados o infantes que consideren que fueron afectados por estos mismos hechos pero que no se vincularon a la acción de grupo, tienen 20 días hábiles para acercarse al juzgado y reclamar la indemnización ordenada.
Este reajuste salarial ordenado por el juzgado también se aplicará las prestaciones sociales consagradas en el citado decreto, es decir, la prima de antigüedad, de servicio anual, de vacaciones, de navidad, cesantías y tres meses de alta.
Ahora bien, aunque el Juzgado encontró que lo que hizo el Ministerio es una “falta de servicio por omisión”, también señaló la prescripción de los salarios u prestaciones no reclamadas antes del 15 de diciembre del 2006.
La decisión ya fue apelada por el Ministerio de Defensa.
6 comentarios:
Donde se puede consultar el detalle del caso, el texto de la sentencia?
Hola Danipa,
Muchas gracias por consultar nuestro Blog y enterarse por éste sobre las últimas noticias judiciales que acontecen en Colombia.
Respecto a su consulta me permito manifestarle que puede tener acceso a la información que desees mediante el portal de la Rama Judicial y consultar cualquier proceso judicial, en cuanto al caso concreto, los datos son:
Juzgado 37 Administrativo de Bogotá
Radicación: 11001333103720100027400
Demandante: Oscar Hernando Leon y O.
Demandado: Ministerio de Defensa Nacional
Naturaleza: Acción de Grupo.
A continuación le dejo el link del portal de la Rama Judicial para efectos de la consulta
http://procesos.ramajudicial.gov.co/consultaprocesos/consultap.aspx
Esperamos seguir contando con su visita en nuestro blog, cuenta de facebook y página web.
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Buenos días
En este momento el fallo fue apelado por el ministerio, si hay un soldado que se encuentra en las mismas condiciones como hace para adherirse a el o en un eventual fallo a favor por parte del tribunal, como aria para ser beneficiado.
gracias
Buenas tardes
Buenas tardes una pregunta qui sabe si es verdad que van a pagar lo de voluntario hay conentarios que 14.800.mil les agradesco cualquier informacion whatsapp 3164919700
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