noviembre 01, 2012

Se reconoció pensión de invalidez como derecho constitucional fundamental y su protección vía tutela

La Corte Constitucional reconoció pensión de invalidez a favor de Alexander Muñoz Jiménez.



Alexander Muñoz Jiménez hacía parte del Ejército Nacional en calidad de soldado regular y en julio de 1997 las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia atacó el lugar donde se encontraba de guardia, recibiendo en dicho enfrentamiento un disparo en la cabeza que le generó un trauma craneoencefálico con fractura de cráneo y laceración cerebral.


Como consecuencia de este hecho, la Junta Médico Laboral Militar lo declaró no apto para prestar el servicio y le decretó una pérdida de la capacidad laboral del 73.06%, motivo por el cual fue retirado del servicio. En el 2006, un nuevo dictamen, expedido por la Junta de Calificación de Invalidez del Meta, le estableció disminución de la capacidad laboral del 100%. Con este diagnóstico, en el 2008 elevó nuevamente la petición inicial al Ministerio de Defensa, quien le negó otra vez sus pretensiones, aduciendo que este último dictamen no fue expedido por una entidad médica diferente. Teniendo en cuenta que por la herida tiene crisis de epilepsia y no puede trabajar, lo que le impide obtener recursos para sostener su núcleo familiar, en el cual existen menores de edad, inició la acción de tutela, la cual fue denegada en ambas instancias.


La Sala de Revisión de la Corte Constitucional reiteró la jurisprudencia sobre la pensión de invalidez como derecho constitucional fundamental y su protección vía tutela, así como la existente, en relación con la procedencia excepcional de la tutela contra actos administrativos en materia pensional como mecanismo definitivo y el derecho a la valoración de la pérdida laboral.

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